Molero Asociados

SERVICIOS

En Molero Asociados estamos comprometidos en brindar soluciones legales efectivas y acompañamiento personalizado a cada uno de nuestros clientes. Nuestra experiencia y conocimiento en materia migratoria nos permiten ofrecer un servicio integral y de calidad en cada paso del proceso.

ASILO Y PROTECCIÓN INTERNACIONAL

España cuenta con un sistema de asilo y protección internacional que opera bajo la Ley de Asilo y Protección Internacional y está alineado con los compromisos internacionales y europeos en materia de refugio y derechos humanos. El proceso de solicitud de asilo es llevado a cabo por la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), donde se evalúan las circunstancias de cada solicitante para determinar si cumplen con los criterios de protección.

ASESORÍA

Nuestro equipo de expertos en extranjería e inmigración está aquí para escuchar tus necesidades, resolver tus dudas y diseñar estrategias adaptadas a tu situación única. Te acompañaremos en cada etapa del proceso, proporcionándote claridad y confianza en cada paso que demos juntos.

Si estás buscando una asesoría especializada y un acompañamiento constante en tus trámites, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Estamos ansiosos por ser parte de tu historia de éxito en España.

Trabajo por cuenta ajena o cuenta propia

Para aquellos extranjeros que tienen una oferta de empleo en España o desean emprender una actividad laboral o empresarial por cuenta propia en el país.

No lucrativa.

Dirigida a extranjeros que desean residir en España sin realizar actividades laborales o profesionales, pero disponen de medios económicos suficientes para mantenerse.

Estudiante

Para aquellos extranjeros que vienen a España para estudiar en cursos de formación, programas académicos o cursos de idiomas.

Reagrupación familiar.

Permite a los familiares de ciudadanos españoles o de otros países de la Unión Europea reunirse con ellos en España.

Larga duración.

Se otorga a extranjeros que han residido legalmente en España durante cinco
años de forma continuada.

Profesionales altamente cualificados.

Dirigida a profesionales altamente cualificados que tengan una oferta de empleo en España.

Investigadores y científicos.

Para aquellos que vienen a España para realizar actividades de investigación o participar en proyectos científicos.

Arraigo (Laboral, Social, Familiar o para la Formación).

Arraigo Laboral: Se concede a aquellos extranjeros que hayan trabajado de forma continuada e ininterrumpida en España durante un período mínimo de dos años, y que cuenten con un contrato de trabajo vigente al momento de solicitar el arraigo.
Arraigo Social: Se otorga a extranjeros que hayan residido en España de forma ininterrumpida durante un mínimo de tres años y que puedan demostrar su integración social, familiar y cultural en el país.
Arraigo Familiar: Permite a los familiares de ciudadanos españoles o de otros países de la Unión Europea que hayan residido legalmente en España durante un período mínimo de un año, obtener una autorización de residencia.
Arraigo para la Formación: Permite a los extranjeros que hayan residido en España de forma ininterrumpida durante un mínimo de dos años, comprometiéndose a realizar una formación reglada para el empleo. Su realización es obligatoria.

Visado de turista

Este visado permite a los extranjeros entrar y permanecer en España por un período máximo de 90 días dentro de un período de 180 días. Es válido para turismo, visitas familiares, negocios o actividades culturales y deportivas.

Visado de estudiante

Dirigido a aquellos extranjeros que deseen estudiar en   España, ya sea en cursos de formación, programas académicos o cursos de idiomas.

Visado de trabajo por cuenta ajena o cuenta propia.

Para aquellos extranjeros que tienen una oferta de empleo en España o desean emprender una actividad laboral o empresarial por cuenta propia en el país.

Visado de reagrupación familiar.

Permite a los familiares de ciudadanos españoles o de otros países de la Unión Europea reunirse con ellos en España.

Visa No lucrativa.

Es para aquellos extranjeros que desean residir en España sin realizar actividades laborales o profesionales, pero disponen de medios económicos suficientes para mantenerse.

Visado de Inversor o emprendedor.

Para aquellos extranjeros que deseen invertir en España o emprender un negocio.

Visado para profesionales altamente cualificados.

Para aquellos que vienen a España para realizar actividades de investigación o participar en proyectos científicos.

Visado para investigadores y científicos.

Para aquellos que vienen a España para realizar actividades de investigación o participar en proyectos científicos.

Visado para artistas y deportistas.

Para aquellos que vienen a España para actividades artísticas o deportivas.

Nacionalidad Española de Origen.

Se adquiere de forma automática al nacer o ser adoptado por al menos un padre o madre que sea español/a, o al ser hijo/a de padres extranjeros nacido en España si al menos uno de los progenitores ha nacido también en España y residió legalmente allí durante un año antes del nacimiento.

Nacionalidad Española por Opción.

Se puede solicitar la nacionalidad española por opción en ciertas situaciones, como por ejemplo, cuando un extranjero menor de 18 años es adoptado por un ciudadano español, o cuando un extranjero ha sido legalmente residente en España durante un período de tiempo determinado y cumple con ciertos requisitos.

Nacionalidad Española por Residencia.

Se otorga a aquellos extranjeros que han residido legalmente en España durante un período continuado y cumplen con los requisitos establecidos en la ley, como demostrar un tiempo mínimo de residencia y acreditar la integración en la sociedad española.

Nacionalidad Española por la Ley de Memoria Democrática.

Busca restaurar la justicia y reconocer a aquellos que perdieron la nacionalidad española debido a motivos políticos, ideológicos, religiosos o de identidad sexual. También pretende reunir familias al permitir que los descendientes de quienes recuperaron su nacionalidad bajo la ley anterior puedan obtenerla. Además, considera a los hijos de mujeres españolas nacidos en el extranjero que perdieron su nacionalidad antes de 1978.

Recurso de Reposición.

Es un recurso administrativo que se interpone ante el mismo órgano que dictó la resolución que se desea impugnar. Se utiliza para solicitar una revisión de la decisión administrativa con el fin de corregir errores o alegar nuevos argumentos.

Recurso Contencioso-Administrativo.

Es un recurso que se interpone ante la jurisdicción contencioso-administrativa en caso de que el recurso de reposición sea denegado o no se resuelva en el plazo establecido. Permite que un tribunal examine la legalidad de la decisión administrativa y determine si se ajusta a la normativa vigente.

¡Hablemos!

Si tienes alguna pregunta o necesitas más información, no dudes en contactarnos.